La prohibición de utilizar vidrios polarizados en los vehículos se registra en el Art. 149 del Reglamento de Tránsito, amparados en esta ley los policías municipales de tránsito, en los operativos quitan estos elementos de los automotores cuando se dan casos de este tipo.
Juan Carlos Maldonado, jefe de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), expresa que los únicos vehículos que se les permite el uso de vidrios polarizados son los de uso del Presidente y Vicepresidente de la República, Presidente de la Corte de Justicia, Presidente de la Asamblea Nacional y demás funcionarios de rangos altos de policía y ejército.
Cuando los uniformados se percatan de este tipo de infracciones se sanciona de acuerdo al Art. 191 numeral 11 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que determina sanción del 10% del salario básico unificado y la reducción de tres puntos en la licencia de conducir.
En la ciudad, en los operativos del mes pasado se sancionó a 23 conductores por tener estas láminas oscuras, expresa Maldonado.