Para el desalojo de escombros, el Municipio de Loja tiene asignados lugares apropiados para la disposición final de estos residuos, sin embargo, persisten algunos ciudadanos en arrojar en lugares no autorizados que genera daño ambiental.
De acuerdo a la Ordenanza 045-2017, la jefatura de Regulación Urbana es la dependencia encargada de emitir el permiso para uso de la escombrera porque al autorizar permisos de construcción se adjunta el otro requerimiento.
Verónica Agila Castillo, comisaria de Ornato, señala que en caso de botar escombros en lugares no autorizados se sanciona con el pago de un salario básico unificado, si los escombros obstaculizan avenidas o espacios públicos por más de 24 horas, la sanción es de dos salarios y cuando existe daño ambiental la multa es de cinco remuneraciones.
La funcionaria solicita que las denuncias se las realice por escrito y adjuntando fotografías en donde se identifique a la persona que hace estos desalojos o el número de la placa del vehículo con el propósito de identificar al infractor.