La noche del lunes 11 de septiembre la Dirección de Justicia y Policía del Municipio de Loja amparado en el Art. 382 de la Recopilación Codificada de la Legislación Municipal retiró tres vallas publicitarias, con el mismo contenido, que atentaban a los buenos principios.
De acuerdo al libro primero de Urbanismo, Construcción, Ornato y Ordenamiento Territorial que en su Art. 382 textualmente dice "Las carteleras, vallas y paletas alentarán el conocimiento de publicidad positiva. No podrán contener publicidad que atente contra los buenos principios, valores, el bienestar y pudor de las personas. No pueden promover la violencia o inequidad de género, el uso de bebidas alcohólicas o cigarrillos o propagandas de orden político".
El contenido de la valla publicitaria no estaba autorizada por el ayuntamiento local y contravenía el artículo antes citado. A decir de José Paúl Luzuriaga, director de Justicia y Policía, el propietario de las vallas fue notificado por la dependencia municipal por no haber renovado permisos hasta la fecha.
Sin embargo hace uso arbitrario del espacio y coloca la publicidad. "Ello obliga al retiro inmediato por infringir la ordenanza", señala Luzuriaga, a la vez que indicó que en todo el cantón Loja se hace controles de las vallas y este ha sido un caso aislado que se detectó y se procedió a quitarla.
Además el responsable será sancionado con una multa económica que será aplicada de acuerdo a las causales como primera vez o reincidencia. El caso está en estudio.
Permisos
Los permisos los otorga el departamento de Regulación y Control Urbano, previo al pago de la tasa por uso del espacio público.
Para la colocación de carteleras o vallas publicitarias estáticas la tasa que deben pagar es de 60 dólares por metro cuadrado o fracción de metro cuadrado y las carteleras o pantallas dinámicas 120 dólares por metro cuadrado.