Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia

ORDENANZA

Aprobada el 26 de junio del 2006 por el cabildo del Municipio de Loja y con el Registro Oficial Nro. 30 del 28 de Febrero del 2007, establecido por dos Organismos del Sistema:

  • Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia de Loja.
  •  Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia del Cantón Loja.

OBJETIVO CCNA-L

Garantizar el ejercicio pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el cantón Loja.

 VISIÓN:

El Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia de Loja, es un Organismo posesionado facilitador de procesos, que promueve sosteniblemente la aplicación de los derechos, articuladas al funcionamiento del sistema de protección integral de la niñez y adolescencia.

  MISIÓN:

Organismo colegiado a nivel cantonal, responsable de diseñar, proponer, vigilar y exigir el cumplimiento de políticas públicas para la protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia;  facilitando procesos  articulados en el marco de los valores de integralidad,  igualdad y no discriminación.

JUNTA CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA

Es un Organismo de nivel operativo, con autonomía administrativa y funcional, que tiene como función pública la protección  de los derechos individuales y colectivos de los niños , niñas y adolescentes, en el cantón Loja.

OBJETIVO 

Aplicar las normas legales del Código de la Niñez y Adolescencia, en  la protección de los derechos individuales y colectivos de los niños, niñas y adolescentes.

FUNCIONES:  (Art. 206 CONA)

  • a) Conocer, de oficio o a petición de parte, los casos de amenaza o violación de los derechos individuales de NNA.y disponer las medidas administrativas de protección que sean necesarias para proteger el derecho amenazado o restituir el derecho violado;
  • b) Vigilar la ejecución de sus medidas
  • c) Interponer las acciones necesarias ante los órganos judiciales competentes en los casos de incumplimiento de sus decisiones;
  • d) Requerir de los funcionarios públicos de la administración central y seccional, la información y documentación  el cumplimiento de sus funciones;
  • e) Llevar el registro de las familias, adultos y NNA de los procesos.
  • f) Denunciar ante las autoridades competentes la comisión de infracciones administrativas y penales en contra de NNA;
  • g) Vigilar que los reglamentos y prácticas institucionales de las entidades de atención no violen los derechos de la niñez y adolescencia; y,
  • h) Las demás que señale la ley.

Procurarán, con el apoyo de las entidades autorizadas, la mediación y la conciliación de las partes involucradas en los asuntos que conozcan, de conformidad con la ley.

QUIEN PUEDE DENUNCIAR

Todos somos corresponsables de salvaguardar la integridad personal de los NNA, esto es la comunidad, la familia y los mismos niños/as y adolescentes.

COMO SE PUEDE PRESENTAR UNA  DENUNCIA

  • De Oficio ( Parte Policial y Defensorías Comunitarias)
  • Denuncia Verbal o escrita (Petición de parte)

REQUISITOS PARA PRESENTAR DENUNCIAS  (Art. 237 CONA)

  1. Partida de Nacimiento  o cédula de identidad  de los NNA.
  2. Nombres completos del denunciante o denunciantes ( números de teléfono).
  3. Nombres completos  del denunicado o denunciados.
  4. Direccion domiciliaria  exacta del denunciado o denunciados, con  referencias y croquis.
  5. Los niños, niñas y adolescentes podrán  presentar personalmente  sus denuncias. 
  6. Las circunstancias  del hecho denunciado, con indicación  del derecho afectado o irregularidad imputada.

 ENTIDADES QUE PATROCINAN GRATUITAMENTE LAS DENUNCIAS

  • Defensoría Pública (Edificio Hogar y Más,  Calle 18 de Noviembre entre José Antonio Eguiguren y Colón).
  • Consultorio Jurídico Gratuito  de la Universidad Nacional de Loja (Paraninfo Universitario, Calle Bernardo Valdivieso y Rocafuerte esquina).
  • Consultorio Jurídico de la Universidad Internacional (Calle Imbabura entre Bolívar  y Sucre) 
  • Consultorio  Jurídico de la Universidad Técnica Particular de Loja (Edificio Colibrí, calle Bernardo Valdivieso entre 10 de Agosto y José Antonio Eguiguren)

VISIÓN

La JCPDNA de Loja integrado por un equipo humano interdisciplinario, altamente capacitado en la doctrina de los derechos de los NNA, que atiende con ética profesional de manera eficaz y eficiente, en la protección, defensa, exigibilidad y restitución de los derechos vulnerados de NNA del cantón Loja, con instalaciones adecuadas a las necesidades sociales e Institucionales.

MISIÓN

Dictar medidas de proteccion en favor  de los niños, niñas y adolescentes  que se encuentran en situación de vulneravilidad.
 

NOMBRES Y APELLIDOS FUNCIÓN QUE DESEMPEÑA EXTENSIÓN TELEFÓNICA  CORREO ELECTRÓNICO
DIRECTORIO INSTITUCIONAL
Lic. Antonio E. Bermeo Secretario Ejecutivo CCNA-L 102 abermeo@loja.gob.ec
Ab. Andrea González Rivera Miembro Principal  JCPDNA-L 104 apgonzalez@loja.gob.ec
Dra. Tania Herrera Lana Miembro Principal  JCPDNA-L 103 therrera@loja.gob.ec
Lic. María Izquierdo Ordóñez Miembro Principal  JCPDNA-L 107 mizquierdo@loja.gob.ec
Dr. Hugo Viñán Esparza Profesional de Primera Acogida JCPDN-L 105 hvinan@loja.gob.ec
Ab. Magda Luzuriaga Rojas Secretaria Abogada JCPDN-L 106 aluzuriaga@loja.gob.ec
Lic. Rosario Erreis Contabilidad 101 rerreis@loja.gob.ec
Sr. Jorge Sarango Citador- Notificador    

DIRECCIÓN Y HORARIOS DE ATENCIÓN

Av. Gran Colombia entre Latacunga e Ibarra,  en los altos de las lavanderías municipales.  Atención  de lunes a viernes  de 08:00 a 13:00 y de 15:00 a 18:00.

Ley de Transparencia LOTAIP