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Formulario suscrito por el interesado, de acuerdo al formato establecido por el GADM; Incluir número de teléfonos, correos electrónicos del solicitante.
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Copia de la cédula del propietario
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Copia de las escrituras del inmueble o Informe de Nueva Linderación/Amojonamiento inscrito en el Registro de la Propiedad.
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Copia del pago del predio urbano vigente.
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Certificado Linderado del Registro de la Propiedad Actualizado.
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Pago de la tasa administrativa por emisión del IPRUS (3 % del Salario Básico Unificado).
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Se podrá solicitar impresión certificada del IPRUS adicional, pagando la tasa de 1% del Salario Básico Unificado.
CASO ESPECIAL
En el caso de que el solicitante posea escrituras de Derechos y Acciones, o uno de los propietarios se encuentre fallecido, se emitirá el informe IPRUS, únicamente de carácter informativo y con la observación de que este informe no habilita para iniciar cualquier tipo de trámite municipal, siempre y cuando no se realice aun el Juicio de inventario, Posesión efectiva y/o partición y adjudicación del predio, según el caso.
Nota: Los requisitos se ajustan al Art. 240 de la Ordenanza 0070-2025, inscripción en el Registro Oficial bajo el número