Proyecto de propiedad horizontal

  1. Solicitud en especie valorada dirigida a la Jefatura de Regulación y Control Urbano, debidamente firmado por el propietario incluyendo, correo, teléfono del solicitante y proyectista
  2. Copia de la cédula de identidad del propietario, cónyuges, apoderados y/o representante legal
  3. Fotografía actualizada del predio
  4. Copia de la escritura pública o escritura de partición
  5. Certificado historiado y linderado del Registro de la Propiedad, vigente
  6. Copia de la carta de pago del impuesto predial del año en curso
  7. Certificado vigente y original IPRUS
  8. Copia de los planos aprobados en reducción formato A3 y copia permiso de construcción
  9. Factibilidad original favorable o certificados de la existencia de los servicios de infraestructuras, otorgados por: UMAPAL y EERSSA
  10. Certificado de seguridad otorgado por el Cuerpo de Bomberos
  11. Planos de la edificación en formato digital (DWG o DXF) y en físico formato A3, individualizando claramente cada una de las áreas a declararse en propiedad horizontal con su respectiva codificación de colores, linderaciones, y se incluirá en ellos el cuadro de áreas y alícuotas
  12. Cuadro de áreas y alícuotas, el cual contendrá única y específicamente las fracciones correspondientes del total de las áreas y/o bienes exclusivos susceptibles de individualizarse o enajenarse y las áreas de los bienes comunes de ser el caso. Los cuadros de alícuotas deberán estar con dos decimales y cerrados al 100% en la suma total de las áreas susceptibles de individualización o enajenarse, y deberá contener firmas y número de cédula de identidad de los propietarios y del proyectista, señalando el número de registro municipal
  13. Documento de descripción de linderos y reglamento de copropiedad con las firmas y número de cédula de identidad de los propietarios y del proyectista, señalando el número de registro municipal 
  14. El formato de lámina para presentación del proyecto será el establecido por la Jefatura de Regulación y Control Urbano
  15. Para el caso de propiedades que tengan acreencias hipotecarias, fideicomisos u otros similares, deberá adjuntar la autorización de los acreedores hipotecarios y/o autoridad judicial, o de los titulares de los otros derechos reales que hubiere
  16. Para el caso de propiedades horizontales en bienes patrimoniales o de interés patrimonial, adjuntar el informe favorable de la Comisión de Centro Histórico
 
Nota: Los requisitos se ajustan al Art. 365 de la Ordenanza 0070-2025, inscripción en el Registro Oficial bajo el número 104 del 24 de abril de 2025. CARPETA COLOR ROJO
 
Canal oficial del Departamento de Regulación y Control Urbano. Aquí encontrarás información actualizada sobre normativas, procesos, controles y recomendaciones para una ciudad organizada y sostenible. (https://whatsapp.com/channel/0029Vb6S4EO2phHO0zCPGZ2n

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