Proceso de fraccionamientos (subdivisiones) en suelo urbano y rural

  1. Solicitud en especie valorada, suscrita por el propietario y/o representante legal, con el respectivo poder notarial, dirigida a la Jefatura de Regulación y Control Urbano, incluir número de teléfonos, correos electrónicos del solicitante y proyectista.
  2. Copia de escritura pública o escritura de partición.
  3. Copia de la cédula del propietario (os) y/o conyugue.
  4. Copia de la cédula del técnico proyectista.
  5. Copia de la carta del Impuesto del predial del año que se solicita.
  6. Informe Predial de Regulaciones de Uso del Suelo IPRUS vigente y original.
  7. Certificado Historiado y Linderado del Registro de la Propiedad del Cantón Loja Vigente.
  8. Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado, conferido por la Unidad Municipal de Agua Potable del cantón Loja, UMAPAL, en el que se hará constar la existencia de pasos de servidumbre de redes de agua potable y alcantarillado pluvial y sanitario, este certificado solo para predios ubicados en áreas urbanas.
  9. Certificado de no afectación de la Empresa Eléctrica Regional del Sur S. A., EERSSA; cuando una red de baja, media y/o alta tensión atraviese un área a fraccionar, se debe contemplar las normas de seguridad que establezca la EERSSA.
  10. Informe geológico, geotécnico e hidrológico, análisis de amenazas y una zonificación de riesgos según sea el caso.
  11. Planos del proyecto arquitectónico de fraccionamiento, se presentarán en físico en formato A1 y digital en formato Dwg/Dxf (georreferenciado), con firmas del propietario y del profesional técnico arquitecto (incluir el Nro. de registro Municipal), determinados con la siguiente secuencia:
    1. Levantamiento topográfico georreferenciado del estado actual, ubicación respecto del sistema vial circundante, la ubicación de accidentes geográficos (ríos, quebradas, taludes, etc.), áreas de afectación especial (líneas de transmisión de energía eléctrica, líneas férreas, oleoductos, acueductos y poliductos, canales de riego, etc.), afectaciones viales, cuadro de simbologías y linderación del predio general, secciones y/ o perfiles de terreno, bordes superiores de taludes e imágenes actuales del predio.
    2. Propuesta de fraccionamiento donde se registre el trazado o parcelamiento, linderos, cabidas, retiros frontal y posterior, área de aporte vial, afectaciones, márgenes de protección, cuadros de linderación de los lotes resultantes, cuadro resumen de áreas y porcentajes.
    3. Diseño geométrico vial (horizontal y vertical de vías), integrado al sistema vial urbano y/o rural.
    4. Diseño de área verde (de ser el caso), donde constará el diseño de equipamiento y áreas recreativas.
    5. Los planos deberán estar elaborados en conformidad con los estándares urbanísticos y demás normativa vigente.
 
Nota: Los requisitos se ajustan al Art. 318 de la Ordenanza 0070-2025, inscripción en el Registro Oficial bajo el número 104 del 24 de abril de 2025. CARPETA COLOR VERDE.
 
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