Reforma de una propiedad horizontal

  1. Solicitud en especie valorada dirigida a la Jefatura de Regulación y Control Urbano, debidamente firmada por el copropietario solicitante y del proyectista, incluyendo, correo, teléfono y número cédula
  2. Copia de la cédula de identidad del copropietario solicitante, cónyuges, apoderados y/o representante legal
  3. Acta de aprobación de la asamblea de copropietarios con fe o razón notarial del cumplimiento de los requisitos de quórum establecidos en la Ley de Propiedad Horizontal para las reformas o reestructuraciones, acompañado de las respectivas copias de cédulas de los copropietarios y sus cónyuges
  4. Fotografía actualizada del predio
  5. Copia de la escritura pública del predio general
  6. Certificado simple actualizado de todas las propiedades, conferido por el Registro de la Propiedad
  7. Copia de la carta de pago del impuesto predial del año en curso de todas las propiedades
  8. Certificado vigente y original IPRUS de una de las propiedades
  9. Copia de los planos aprobados en reducción formato A3 y copia permiso de construcción de existir cambios en la edificación
  10. Copia a color del proyecto completo de Propiedad Horizontal aprobada, con su respectiva razón de inscripción
  11. Factibilidad original favorable o certificados de la existencia de los servicios de infraestructuras otorgados por: UMAPAL y EERSSA, de existir aumento en el número de unidades habitacionales o locales comerciales
  12. Certificado de seguridad otorgado por el Cuerpo de Bomberos
  13. Proyecto arquitectónico de reforma que se pretenda que incluya lo siguiente:
    • Planos de la edificación en formato digital (DWG o DXF) y en físico formato A3, individualizando claramente cada una de las áreas a declararse en propiedad horizontal con su respectiva codificación de colores, linderaciones, y se incluirá en ellos el cuadro de áreas y alícuotas.
    • Cuadro de áreas y alícuotas, el cual contendrá única y específicamente las fracciones correspondientes del total de las áreas y/o bienes exclusivos susceptibles de individualizarse o enajenarse y las áreas de los bienes comunes de ser el caso. Los cuadros de alícuotas deberán estar con dos decimales y cerrados al 100% en la suma total de las áreas susceptibles de individualización o enajenarse, y deberá contener firmas y número de cédula de identidad de los propietarios y del proyectista, señalando el número de registro municipal.
    • Documento de descripción de linderos y reglamento de copropiedad con las firmas y número de cédula de identidad de los propietarios y del proyectista, señalando el número de registro municipal
  14. El formato de lámina para presentación del proyecto será el establecido por la Jefatura de Regulación y Control Urbano
  15. Para el caso de propiedades que tengan acreencias hipotecarias, fideicomisos u otros similares, deberá adjuntar la autorización de los acreedores hipotecarios y/o autoridad judicial, o de los titulares de los otros derechos reales que hubiere
 
Nota: Los requisitos se ajustan al Art. 373 de la Ordenanza 0070-2025, inscripción en el Registro Oficial bajo el número 104 del 24 de abril de 2025. CARPETA COLOR ROJO.
 
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