Denuncias - Fauna Urbana

 

COMISARÍA MUNICIPAL DE AMBIENTE Y MINERÍA DEL CANTÓN LOJA

PROPÓSITO DEL FORMULARIO DE DENUNCIAS POR FAUNA URBANA

 
La defensa de la fauna urbana busca proteger a animales domésticos y silvestres en entornos urbanos, reconociéndolos como seres sintientes y sujetos de derechos, combatiendo el maltrato, abandono y crueldad, es por ello el propósito de registrar y llevar un control efectivo de las denuncias por maltrato animal u otro acto que atente contra el bienestar de la fauna urbana a fin de ejecutar las medidas administrativas de conformidad con la ordenanza Nro. 030-2021 del Municipio de Loja
El presente formulario se encuentra sustentado de conformidad con el Artículo 188 del Código Orgánico Administrativo que expresa: “El procedimiento administrativo puede iniciar por cualquiera de las formas previstas a través de medios electrónicos cuando estos hayan sido implementados. Las instrucciones determinadas por la administración pública serán claras y precisas. Las actuaciones dentro del procedimiento administrativo podrán realizarse a través de medios electrónicos, informáticos, magnéticos, telemáticos u otros producidos por la tecnología”.
ESTIMADO USUARIO: Le recordamos que es de su entera responsabilidad proporcionar información e identidad verídica, la cual será sometida a un proceso de validación, misma que, en caso de no reunir los requisitos pertinentes, será desestimada u observada.
No podrá ser de carácter anónimo, de acuerdo al Artículo 5 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) “(…) Se considera información pública, todo documento en cualquier formato, que se encuentre en poder de las instituciones públicas y de las personas jurídicas a las que se refiere esta ley, contenidos, creados u obtenidos por ellas, que se encuentren bajo su responsabilidad o que se hayan producido con recursos del Estado (…)”; y, el Artículo 74 de la Ordenanza 031-2021 del Municipio de Loja.
Una vez que su denuncia haya sido validada, la Comisaría Municipal de Ambiente y Minería actuará dentro del marco de sus competencias.
Se informa además que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 187 del Código Orgánico Administrativo (COA), la presente denuncia no es vinculante para iniciar el procedimiento administrativo y la decisión de iniciar o no el procedimiento se comunicará al denunciante.
 
 
1 Inicio 2 Completo

Datos del Denunciante

Datos del Denunciado o Infractor

Medios probatorios que sustentan la denuncia