Ordenanza regula utilización de espacios públicos para propaganda

Al acercarse un nuevo proceso electoral en el país la propaganda se agita en cada rincón de la patria, ante ello el Municipio de Loja cuenta con una ordenanza que regula la utilización de espacios para la propaganda o publicidad.

Esta ordenanza determina el proceder de los actores políticos en esta etapa que inicia con la convocatoria oficial a elecciones.  La Comisaría de Ornato solicita a la dirección provincial del  Consejo Nacional Electoral una base de datos de los partidos y movimientos políticos que participarán en la contienda electoral.

De acuerdo al Art. 343 de esta ordenanza "no se permitirá la ubicación de propaganda mural en ninguna parte de la ciudad y sus parroquias.  No se debe pintar o pegar propaganda de cualquier naturaleza, inclusive propaganda adhesiva en área o bienes de propiedad municipal como postes, puentes peatonales, aceras, veredas, calzadas, túneles, señales de tránsito.  Igual prohibición rige para cualquier otro inmueble de entidades públicas, así como árboles y palmeras ornamentales".

José Paúl Luzuriaga, director de Justicia y Policía, indicó que si desean ubicar propaganda en bienes inmuebles de propiedad privada deben hacerlo utilizando banderas, afiches y lonas adheridas a madera, cartón u otro material de soporte que sea fácil de desmontar.  Igualmente se prohíbe pintar las sedes políticas.

El funcionario señaló que los únicos espacios públicos para colocar publicidad y propaganda son las estafetas municipales.  Quienes infrinjan esta normativa recibirán la sanción respectiva previo un proceso en el que se emite la boleta citatoria a comparecer ante la Comisaría de Ornato.

Las sanciones serán dirigidas a la organización política, se fija multas de 50 dólares por afiche, valla, propaganda o pintura en sitios no autorizados.

Terminado el proceso electoral los partidos y movimientos políticos tienen un plazo de 15 días para remover la propaganda .