Mediante resolución de alcaldía se estableció los límites de velocidad en el cantón Loja, los cuales se regularon en las calles céntricas de la ciudad y secundarias de los barrios la velocidad máxima de 50km por hora para vehículos livianos y 40 km para pesados y transporte público.
Estas decisiones se tomaron sobre la base del Art. 190 del reglamento de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, en que se hace referencia a que los gobiernos municipales determinan los límites de velocidad en sus jurisdicciones territoriales, que coincide con lo que establece el Art. 264 literal 6 de la Constitución de la República.
En estas circunstancias el alcalde de Loja en uso de sus facultades legales y constitucionales, mediante una resolución, regula los límites de velocidad en la ciudad de 50km por hora para automotores livianos y 40km para pesados.
El anillo vial será de 70km por hora livianos y 60km pesados, los accesos viales de las carreteras nacionales y la Vía de Integración Barrial 90km por hora vehículos y 80km los carros pesados .
Tania Vásquez, directora de Tránsito encargada, precisó que en esta resolución se dejó como margen de rango de tolerancia 10km por hora, pasado este límite se aplica la multa por exceso de velocidad.