La Municipalidad cumple con lo que dispone la ley en cuanto a los descuentos a los sectores vulnerables. Alicia Parra, jefa de Rentas Municipales, explica que la Ley del Anciano en su Art. 14 establece que los ciudadanos adultos mayores están exentos de tributos.
Fecha
Las personas que deseen acogerse a estos beneficios tienen que presentar, hasta el 30 de noviembre de cada año, una petición ante la Directora Financiara solicitando esta exoneración que es hasta cuando tenga un patrimonio de 500 salarios básicos unificados, por el excedente ya cancelaría el impuesto predial, subraya Parra.
Igual exención tienen las personas con discapacidad por un predio y un 50% por estos 500 salarios básicos unificados, resalta Alicia Parra. Acota que las entidades de servicio social también tienen exenciones que están previstas en el Cootad.
Catastro
La funcionaria municipal recalca que las solicitudes se receptan hasta el 30 de noviembre porque la oficina de Avalúos y Catastros tiene que depurar los catastros y a partir del 1 de enero de cada año se emiten los títulos con estas rebajas y exenciones.
Los trámites no son engorrosos, únicamente se debe presentar copia de los documentos simples de las escrituras que tienen de las propiedades y la carta predial vigente a este año.