El país nuevamente entra en restricciones específicas en cuanto a la movilidad y la asociación de personas para evitar la propagación del Coronavirus. El cantón Loja se suma a estas restricciones emitidas el 21 de diciembre del 20201, por el Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo.
Movilidad
Los vehículos particulares pueden circular de acuerdo al último dígito de la placa. Es así que, los días: lunes, miércoles, viernes y el domingo 27 de diciembre, pueden movilizarse los automotores cuyo último dígito de la placa termina en Impar (1, 3, 5 y 7); los días martes, jueves, sábado y el domingo 1 de enero del 2021, los vehículos con placa terminada en PAR (2, 4, 6, 8 y 0).
Paúl Aguilar, jefe de la Unidad de Control Operativa (UCOT), señala que a partir de las 22h00 está prohibida la circulación, excepto los taxis que transporten a personas que cuenten con un boleto de viaje. “Ellos deben circular desde el destino del pasajero hasta la Terminal Terrestre y viceversa”, explica.
Transporte comercial
Aguilar refiere que el transporte comercial (Taxis, transporte mixto, carga liviana y pesada, transporte inter e intraprovincial y transporte urbano) puede circular todos los días, sin restricción de placas, hasta las 22h00. Las empresas que tienen sus vehículos necesitan el RUC o RISE para movilizarse y los empleados deberán portar la carta de trabajo o credencial para circular.
Los sectores estratégicos como salud, seguridad, justicia (abogados), periodistas…, deberán presentar sus credenciales para movilizarse en los diferentes horarios.
Operativos
Personal de UCOT junto a Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Cuerpo de Bomberos despliegan operativos en la mañana, tarde y noche para velar el cumplimiento estricto de las restricciones emitidas por el lapso de 15 días, hasta nuevas disposiciones.