El Cabildo, el martes 26 de enero, en sesión ordinaria aprobó la Ordenanza para el manejo y protección de la fauna urbana en el cantón Loja. Este documento contiene algunas disposiciones y sanciones para los infractores.
La ordenanza fue tratada en segundo debate con el objeto de garantizar la protección y bienestar de la fauna urbana a través de normas que regulen su manejo, por ello se crea la Unidad de Fauna Urbana que estará bajo la jefatura de Ambiente.
Esta dependencia será la encargada de diseñar, desarrollar y ejecutar planes, programas y proyectos para el manejo integral y protección de la fauna urbana e implementará un sistema de registro digital de animales de compañía y sus tenedores, así como de establecimientos que prestan servicio a animales.
En uno de los literales de la ordenanza se establece un comité de gestión ciudadana que se encargará de evaluar anualmente el cumplimiento de esta normativa y de la Unidad de Fauna Urbana.
En la sección tres, en el Art. 32 se habla de la práctica de la eutanasia como único método permitido y aprobado sólo cuando el animal no pueda ser tratado por enfermedad terminal e incurable diagnosticado por un médico veterinario, esté en sufrimiento permanente y sea determinado como peligroso.
Sanciones
En el Art. 85 se menciona las infracciones por incumplir la presente ordenanza que se han designado en leves, graves y muy graves con sanciones que van desde 200 horas de labor comunitaria hasta las 400 y el pago de una multa desde el 50% hasta el 100% de un salario básico unificado.