El 12 de abril de 2017, el concejal Darwin Avendaño presentó ante el Tribunal Contencioso Electoral en la ciudad de Quito, una denuncia en contra del Alcalde de Loja, por una presunta infracción electoral, al usar bienes o recursos públicos con fines electorales, acción que en primera instancia fue sentenciada a favor del alcalde del cantón.
La información dada sobre una rueda de prensa que ofrecería el Movimiento Acción Regional por la Equidad, ARE, para ratificar el apoyo al binomio Moreno-Glass, en marzo de 2017, a través de Canal Sur y Radio Municipal, motivó al concejal Avendaño presentar una denuncia en contra del primer personero municipal, aduciendo que el alcalde habría utilizado medios públicos con fines proselitistas.
Dentro del proceso se cumplieron las audiencias correspondientes, donde se receptaron las pruebas del denunciante y los alegatos de los abogados municipales.
Al no existir fundamento legal, en la petición realizada, el Tribunal Contencioso Electoral solicitó al concejal Avendaño, para valorar la supuesta infracción, lo siguiente:
· ¿Existió desvío de fondos públicos por parte del alcalde del cantón Loja?
· ¿Existió uso de recursos públicos por parte del alcalde del cantón Loja?
· ¿La entrevista del Dr. José Bolívar Castillo Vivanco contribuye a un acto proselitista?
Ante las interrogantes planteadas por el tribunal, el denunciante no muestra prueba alguna, ni documentos fehacientes sobre tales hechos, por lo que el tribunal considera que las meras afirmaciones carecen de eficiencia probatoria para dilucidar la existencia o inexistencia del hecho imputado.
Las afirmaciones de Avendaño no corroboran que el alcalde del cantón haya usado bienes públicos para fines electorales, ni que sus declaraciones hayan influido en la decisión del electorado. Además no se entrega documento alguno que determinen cuál fue la cuantía o los gastos que el medio habría involucrado para realizar la supuesta propaganda política. Tampoco evidencia que la entrevista posea un mensaje proselitista que influya en la decisión del electorado con respecto al voto.
Para el Juez del Tribunal Contencioso Electoral, lo expresado por Avendaño no tiene fundamento alguno, la convocatoria a la rueda de prensa del Movimiento ARE, es meramente informativa y se declara con fecha 16 de mayo sin lugar el presente juzgamiento en contra del Dr. José Bolívar Castillo Vivanco, Alcalde del Cantón Loja.
Con estos hechos se demuestra, una vez más, la mala intención y el interés de perjudicar a la administración municipal.