Hasta el 30 de noviembre las personas de la tercera edad pueden presentar los requerimientos de exoneración del impuesto predial.
De conformidad al Art. 503 del Cootad, literal A se establece que el plazo para exoneración del impuesto predial por tercera edad y rebaja de préstamos hipotecarios vence el 30 de noviembre.
Máximo Quizhpe, director Financiero, invita a las personas que deseen acogerse a este beneficio a hacer el trámite respectivo adjuntando copias de la cédula de identidad, de las escrituras del bien inmueble y del último pago del impuesto predial.